Publicado el 21/08/2020 16:03 Hs.

San Pedro: Desde el lunes 24 habilitan deportes individuales y no rige más la terminación de DNI

La Municipalidad confirmó que desde el lunes, a partir de la autorización provincial, quedarán habilitados los deportes individuales, con protocolos para cada actividad. Además dejará de regir la terminación del DNI para salidas recreativas individuales o de hasta dos personas. 

Foto ilustrativa

La Municipalidad de San Pedro informa que entrará en vigencia desde el próximo lunes 24 el Decreto Nº 0760/2020 que autoriza la realización de actividades deportivas individuales al aire libre.

El Comité de Crisis y la Dirección de Deportes de la Municipalidad de San Pedro elaboraron el Decreto correspondiente y las normativas fundamentales para que la reanudación de estas actividades, se enmarque en un estricto control de distanciamiento social y otras acciones preventivas.

La medida llega luego de la autorización respectiva por parte del gobierno nacional y luego la administración provincial. Regirá para los distritos que se encuentren en Fase 4 y 5.
 
Las actividades deportivas individuales se podrán practicar al aire libre, pero no en espacios cerrados y no comprenden, en ningún caso y sin excepción, la autorización a entrenamiento o práctica grupal. Entre otras se pueden enumerar: atletismo, ciclismo, tenis, paddle, pesca, actividades náuticas, etc.

El decreto apunta también que; desde la misma fecha, se permitirá la apertura de clubes e instituciones públicas y privadas (sin utilización de vestuarios ni duchas) solamente a estos fines, adoptando modalidades de control y prevención para coordinar el movimiento de deportistas individuales y trabajadores.

El protocolo general elaborado por la Dirección de Deportes remarca que se debe respetar rigurosamente el “distanciamiento social” o “distancia de seguridad” específica para cada actividad. Además de las recomendaciones generales, presenta algunas de carácter particular para cada deporte de acuerdo a sus características y aporta importantes reglas de funcionamiento administrativo y operativo que las entidades deberán cumplir para fortalecer las medidas de preventivas.

Esta medida es acompañada con el fin de la restricción por número de documento para las "salidas de esparcimiento", de forma individual o hasta 2 personas. Es importante mencionar que se mantiene la prohibición de permanecer en espacios públicos con otros fines ajenos al tránsito durante la actividad de esparcimiento.

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